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Uso del método D’Hondt en el sistema electoral de la República Dominicana Featured

Método D’Hondt Método D’Hondt Método D’Hondt

Por Giovanny González, periodista/abogado

Santo Domingo (R. Dominicana). -En la República Dominicana en su condición de Estado Social y Democrático de Derecho los ciudadanos cada vez más asumen la seguridad e independencia de elegir y ser elegidos de manera justa en la contienda electoral a pesar del control que ejercen sobre sus miembros los partidos políticos.

Sin lugar a duda el dominicano afianza la seguridad de sus derechos fundamentales y crese en él la conciencia de sus libertades a la hora de escoger las autoridades que les van a gobernar. Sintiéndose dueño de su poder de elección los dominicanos han entendido que no es un pueblo de súbditos, ni ciudadanos mudos, sino personas dotadas de dignidad humana, siendo en consecuencia los legítimos dueños y señores del interés general, por lo que dejan de ser sujetos inertes, meros destinatarios de actos y disposiciones administrativas, así como de bienes y servicios públicos, para adquirir una posición central en el análisis y evaluación de las políticas públicas y de las decisiones administrativas.

Con la fuerza de un sólido respaldo constitucional el dominicano comprende cada vez más, que la soberanía reside en el pueblo, del cual emanan todos los poderes, los cuales ejerce por medio de sus representantes o en forma directa, en los términos que establecen la Constitución y las leyes.

Ese ejercicio de poder el pueblo lo expresa a través del presidente constitucional de la República, los senadores, diputados, diputados nacionales, por acumulación de votos, representantes ante parlamentos internacionales, diputados y diputadas representantes de la comunidad dominicana en el exterior, alcaldes, vicealcaldes, regidores y suplentes de regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos que son elegidos cada cuatro años en elecciones libres y voluntarias para que, en representación de cada dominicano, ejerzan sus funciones con justicia y equidad a favor de quienes les dieron el voto ganador y a quienes darán cuentas, porque de la misma manera, en los próximos cuatro años podrá retirarle ese mismo voto ganador si se considera mal tratado por quienes les gobernaron.  

La elección de esos representantes el pueblo la puede realizar por vía de dos formas de boletas, dos niveles de elección que son presidenciales y municipales, y tres sistemas de votos, de ahí que, esos representantes el pueblo los elige a través de boletas conjuntas o separadas para cada nivel de elección, los senadores, alcalde y vicealcalde, director y subdirector de distrito municipal son elegidos por el sistema mayoría simple de votos. Mientras que, por el sistema proporcional de votos, se elegirán los diputados, representantes de provincias, nacionales y del exterior, y representantes parlamentarios internacionales, regidores y suplentes de regidores y vocales. Pero el presidente de la República es elegido por el sistema mayoría absoluta de votos. 

Ese sistema de representación fortalece la democracia y el ejercicio de poder del pueblo dominicano y debido a ello es la importancia de un buen sistema de designación de escaños para que las asignaciones correspondientes a los representantes electos para la Cámara de Diputados, Concejos de Regidores y Juntas de Vocales se corresponda a la intención de los votantes.

En la República Dominicana ese sistema de designación de escaños está establecido en el artículo 295 de la Ley núm. 20-23, del 17 de febrero de 2023, Orgánica del Régimen Electoral. Deroga la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral y sus modificaciones, donde se establece que para “la asignación de escaños correspondientes a los representantes electos para la Cámara de Diputados, Concejos de Regidores y Juntas de Vocales, se utilizará el sistema establecido en la Ley núm.157-13, del 27 de noviembre de 2013, que establece el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, regidores y regidoras de los municipios y vocales de los distritos municipales”. (1)

(1) Ley núm. 20-23, del 17 de febrero de 2023, Orgánica del Régimen Electoral. Deroga la Ley núm. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral y sus modificaciones.

Método de D’Hondt

El legislador ha determinado el uso especifico de un método para la asignación proporcional de escaños en el artículo 4 de la Ley núm. 157-13, del 27 de noviembre de 2013, que establece el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, regidores y regidoras de los municipios y vocales de los distritos municipales, donde se establece que “Para la determinación de la cantidad de escaños obtenidos por cada partido o agrupación política en cada demarcación electoral para el nivel congresional se utilice el método proporcional D´Hondt a los fines de garantizar la representación de las minorías, conforme lo establecen la Constitución de la República, del 26 de enero de 2010, y la Ley Electoral No.275-97, del 21 de diciembre de 1997”. (2)

(2) Ley núm. 157-13, del 27 de noviembre de 2013, que establece el voto preferencial para la elección de diputados y diputadas al Congreso Nacional, regidores y regidoras de los municipios y vocales de los distritos municipales;

El método D’Hondt, es una fórmula electoral basado en el procedimiento del divisor, creado por el matemático belga, Víctor D`Hondt, en este método se reparten los escaños de manera proporcional en función de los votos obtenidos.

Siendo su aplicación dividiendo los votos de todas las candidaturas por la sucesión de los números naturales, distribuyendo los escaños de acuerdo a los cocientes.

Este método es usado desde hace años en la República Dominicana para determinar la cantidad de escaños en el sistema proporcional de votos, también bajo la misma modalidad es usado en España, Italia, Argentina, Finlandia, Dinamarca, Perú, Guatemala, entre otros países.

En República Dominicana el método de D´Hondt ha cumplido a cabalidad con la proporcionalidad en la repartición de los escaños que obtiene cada partido de acuerdo a la totalidad de los votos válidos alcanzados por cada organización política debido a que designa a cada partido los escaños de acuerdo a la mayoría de votos obtenidos.

Aplicación

Para hacer más específico este reportaje, en la aplicación imaginaria a los partidos A, B y C, con la totalidad de votos de, 150,000; 225,000 y 182, 000 respectivamente, el primer paso será dividir la cantidad de votos válidos obtenidos por cada organización política entre cada uno de los escaños.

La división ser realizará en el nivel de elección de la demarcación, esto es, si en el municipio Santo Domingo Este, para el nivel congresual se determinara la cantidad de escaños a diputados que les corresponde a los partidos A, B y C, los cuales obtuvieron la totalidad de votos válidos de, 150,000; 225,000 y 182, 000 respectivamente. Esas totalidades se van dividiendo en cada escaño, si son cinco escaños, resultaría que la totalidad se divide entre el escaño uno y se continua esa misma totalidad entre el escaño dos y sigue la misma totalidad entre el escaño tres, continua la misma totalidad entre el escaño cuatro y concluye la misma totalidad entre el escaño cinco, cómo se indica en el siguiente cuadro.

Luego de completar los datos como se indica en el cuadro anterior, los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan mayor cantidad de votos, asignando de forma preferencial los escaños, porque para todos los niveles plurinominales se tienen listas cerradas y desbloqueadas, esto es, que cada partido u organización política designa previamente el orden de cada diputado colocando los nombres, el número uno con el nombre de un candidato a diputado o diputada, el número dos con el nombre del diputado o diputada y así sucesivamente hasta completar los cinco escaños que corresponderán a cada una de las circunscripción electoral en la que se divide el municipio Santo Domingo Este.

De acuerdo a esta aplicación imaginaria del método D’Hondt, a los partidos A, B y C. Resultaría que el partido A, obtuvo un escaño, el partido B, obtuvo dos escaños y el partido C, obtuvo dos escaños esto así, por la cantidad de votos obtenidos por cada organización política, resultando la forma más efectiva para la aplicación proporcional en las elecciones de la República Dominicana.

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